Exigen a FonTIC eliminar oferta respaldada por Daniel Medina

Columna de opini�n de Orlando Rojas P�rezPor Orlando Rojas Pérez – Cada día se vuelve más candente la evaluación de ofertas recibidas para el concurso de mérito: El Fondo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –FonTIC- abrió el proceso FTIC-CM-13-15, que tiene como objetivo adjudicar y contratar los servicios para  actualizar la  valoración de las bandas de frecuencia de 700 MHz, 900 MHz, 1900 MHz y 2500 MHz, analizar las especificaciones y restricciones de carácter técnico existentes, tanto para el despliegue de las IMT como para su armonización con otros servicios, adicionalmente realizar la estructuración del proceso de asignación de espectro mediante subasta, estudio técnico regulatorio y política pública, estudio del mercado móvil en Colombia, brindando un acompañamiento al Ministerio durante todo el proceso hasta su asignación.

Este concurso de mérito, es trascendental para el futuro de las comunicaciones móviles en Colombia, por eso es muy importante que la selección del contratista seleccionado para asesorar al Ministerio TIC, sea realizada acertadamente y con la mayor transparencia y objetividad.

Como Evaluamos ha informado, la oferta UNION TEMPORAL ARTHUR D. LITTLE – TELBROAD ARTHUR D. LITTLE INC, se encuentra respaldada por el exviceministro TIC del gobierno del expresidente Álvaro Uribe Vélez: Daniel Enrique Medina Velandia.

Esta madrugada encontramos una nueva carta de Coleago Consulting ATDI, en esta oportunidad firmada por Sunny Dogra –gerente Director de Rawlings Consultants-, quien le exige al FonTIC cumplir con las especificaciones que fueron consultadas antes del cierre como que la experiencia del consultor fuera certificada y firmada por un contador público, y que el mismo FonTIC se mantuvo en que seguían vigentes y que era razón para rechazar las experiencias, también exige que de acuerdo a los términos y condiciones del concurso de mérito y a las respuestas del FonTIC las experiencias de empresas clasificadas como sucursales en Colombia podrían acreditar experiencia de la casa matriz. FonTIC estableció y respondió que para que las demás empresas subsidiarias o extranjeras puedan acreditar experiencias de otras empresas, deberían conformar una unión temporal o consorcio. A continuación, en la carta le preguntan y solicita al FonTIC la razón por la que aceptan la condición cumplida de demostrar experiencia en áreas técnicas y en el diseño de redes de telecomunicaciones para el profesional Técnico Senior de UNION TEMPORAL ARTHUR D. LITTLE – TELBROAD ARTHUR D. LITTLE INC, si estas demostraciones no las encontraron en su oferta. Finalmente solicitan al FonTIC que explique por qué razón acepta certificaciones de valoraciones que no describen que incluían estructuración de la subasta.

Imagen de la carta de Sunny Dogra:

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