¿M I Mejía está impedida o no para ofrecer IBM al sector Público?

Por Orlando Rojas Pérez – Por los muchos comentarios recibidos de personas del Sector TIC y de varias empresas, que quedaron atentos después de leer en Evaluamos la siguiente nota del pasado 19 de julio, volvemos a tratar este tema y lo ampliamos.
M Isabel Mejía promotora de Watson para sector Gobierno ¿impedida?
El viernes pasado dejó su cargo de viceministra TI.

En la nota publicada, preguntamos textualmente:
¿No estará impedida María Isabel Mejía para promover venta de sistemas de Tecnologías de la Información ante el Estado, por un periodo de dos (2) años?
¿O será esta, otra puerta giratoria?

María Isabel Mejía, muy amablemente nos invitó a reunirnos con ella, para contarnos su punto de vista, que resumimos en las siguientes frases:
- “Yo soy ingeniera de sistemas y no me pueden violar mi derecho a trabajar.
- Yo no estoy contratando directamente, sino por intermedio de una empresa, de la que yo soy socia.
- Yo consulté a un abogado y su concepto es que yo no estoy impedida para formar parte del equipo que realice el trabajo, si se contrata por intermedio de una empresa, así yo sea socia”.

En esa reunión le expuse a María Isabel Mejía, que Evaluamos había consultado a tres abogados, de los cuales dos la conocían perfectamente, y que el concepto de todos ellos era que ella estaba impedida y al aceptar el cargo, ella había aceptado esos impedimentos por un tiempo de dos (2) años. Lógicamente cuando nos preguntó por los nombres de esos abogados, de inmediato contestamos que Evaluamos nunca ha revelado ni revelará sus fuentes.

Cuando le comenté que un abogado me había informado que la multa por violar el impedimento era ridículamente baja, su respuesta fue: “Pues pagaremos la multa

Evaluamos no es fiscal, ni juez ni deseamos impedir el sagrado derecho al trabajo de María Isabel Mejía, simplemente, investigamos periodísticamente e informamos.

Al volver a contactar a los abogados, nos comentan:
1 – No es que sea una persecución contra María Isabel Mejía o contra un exfuncionario en especial, todos los funcionarios públicos deben cumplir con esas inhabilidades y prohibiciones, si ella es ingeniera, otros son abogados o economistas y todos han cumplido con la ley, no vemos por qué razón ella no deba cumplirla.
2 - La multa en efectivo es una sanción nominal, pero la sanción ética y moral -así ella no la acepte- es otro asunto y quién sabe si IBM quiera aparecer en el núcleo de este embrollo…
3 – Otro punto, sobre el que Usted no ha preguntado, es si el exfuncionario hace uso de información privilegiada, que está muy claramente descrito en la ley 1474, en el artículo 18 y que incluye graves penalidades.

Lo que dice la ley 1474 de 2011:
A continuación, una imagen con las dos primeras páginas la ley 1474 de 2011, que es la ley por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Que encontramos en el sitio Web del Ministerio TIC, del cual María Isabel Mejía fue viceministra TI, en la página:

http://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-3710_documento.pdf

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