Derecho de Peticion de informacion a MinTIC
Por Orlando Rojas Pérez – En honor a nuestro lema: Periodismo de Código abierto, en nuestra nota:
MinTIC presenta solicitud de rectificación Por nuestra nota: Investigacion denuncia: Otros grandes chanchullos en MinTIC. http://www.evaluamos.com/?home/detail/20094
En la que publicamos en su totalidad una imagen con todo el contenido de la solicitud de rectificación recibida del Ministerio TIC. También incluimos un enlace para descargar o ver el archivo. En referencia a nuestra nota: Investigación denuncia: Otros grandes chanchullos en MinTIC Actual MinTIC C. Murcia incumple, adiciona y prorroga, Nueva MinTIC A. Falla a revisar y parar. http://www.evaluamos.com/2017/?home/detail/20066
CONTENIDO COMPLETO DEL DERECHO DE PETICIÓN DE INFORMACIÓN AL MINISTERIO TIC
Estimados Señores Ministerio TIC Carina Murcia Yela - ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ymurciay@mintic.gov.co
Olga Isabel Buelvas Dickson - secretaria General obuelvas@mintic.gov.co
María Carolina Zúñiga Hernández - directora de Infraestructura (e) mzuniga@mintic.gov.co
Referencia Derecho de Petición de información para periodista
Acusamos recibo, medio anónimamente, del Ministerio TIC, una solicitud de rectificación y precisión de mi nota: Investigación denuncia: Otros grandes chanchullos en MinTIC Actual MinTIC C. Murcia incumple, adiciona y prorroga, Nueva MinTIC A. Falla a revisar y parar. http://www.evaluamos.com/2017/?home/detail/20066
Al leer esta solicitud de rectificación y precisión vemos que no está firmada por ningún funcionario del Ministerio TIC, no incluye el nombre ni firma del responsable que redactó el documento, tampoco quien lo autorizó y menos quien la debería haber firmado. Me permito recordar que las notas a la que ustedes hacen referencia son todas columnas de opinión, de acuerdo con la Constitución política de Colombia, con las apreciaciones u opiniones del medio de comunicación, como el Ministerio TIC mismo dice en su documento. Utilicé como fuentes los documentos desde que era un anteproyecto en manos de Internexa, la Solicitud de precios -RFI-, las cotizaciones recibidas, hasta el acta 6 mencionada y la información de que disponíamos el día 28 de julio 2026. Todos estos son documentos oficiales que no necesito consultarle a nadie sobre su veracidad e imparcialidad. Menos aun cuando el Ministerio TIC le ordena a Renata que retire y oculte en su sitio Web, la afirmación de que este proyecto está finalizado en el año 2025. Afortunadamente en nuestra nota original, publicamos una imagen del sitio Web de Renata, capturada el día 28 de julio de 2026, con esa información incluida, así el Ministerio TIC y Renata ahora lo quieran ocultar. El estado real del proyecto es muy difícil de adivinar con esta falsa información publicada por Renata en su sitio Web. Para conocer el verdadero estado del proyecto encontramos e investigamos más documentos, sin embargo, nos vemos obligados a solicitar más documentos, en este Derecho de Petición, que no encontramos en SECOP II, que es la documentación oficial del proceso, como el Ministerio TIC afirma. Mi experiencia con algunos ministros TIC ha sido pésima, desde no responder Derechos de Petición enviados, a sabotear mis eventos con llamadas desde el despacho del ministro a prohibir asistir y hasta amenazar a las personas que asistan a mis eventos, por lo que su frase: “…reconociendo el papel esencial que estos desempeñan dentro del Estado Social de Derecho y la importancia de la libertad de prensa como garantía constitucional para la consolidación de una sociedad democrática e informada”, en mi experiencia no la puedo aceptar como cierta. ¿Necesitan pruebas de eso? Nuestras investigaciones y denuncias, en ocasiones han sido atendidas por el Ministerio TIC, como fueron los casos del satélite Simón Bolívar que el Gobierno de Uribe Vélez en su último día de gobierno -¡Qué coincidencia!- tuvo que dar la orden: “La oferta de los rusos no se presenta, se declara desierta la licitación pero al HP periodista Rojas me lo demandan. A la hora el viceministro que nunca fue nombrado ministro Daniel Medina, me envió un correo electrónico informándome que el Ministerio TIC me demandaría y ordenó que de inmediato lo publicaran el sitio Web del Ministerio. Otro caso fue el proyecto 10.000 puntos de conexión que terminó llamándose Centros Poblados. Desde el inicio del anteproyecto publicamos y denunciamos las ilegalidades y errores que estaban cometiendo, durante le evaluación de las ofertas denunciamos que el apoderado legal de un oferente era a la vez asesor del Ministerio TIC y del despacho de la exministra Abudinen. Más de seis meses antes del escándalo y de cualquier otro medio. Al conocerse que la póliza del contrato era falsa y armarse el escándalo, mandamos a examinar por un forense, experto en diseño, a revisar las firmas de la persona del banco asegurador, el experto nos confirmó que tanto las pólizas del contrato como la de la oferta eran falsas, realizadas burdamente con el programa CorelDraw, tanto que solamente escalaron las firmas sin retirar las sombras del documento. El Ministerio TIC no ha reconocido que la póliza de la oferta era también falsa.
Presentamos el artículo 20 de la Constitución política de Colombia, que el Ministerio TIC cita en su comunicación: “Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura”. ¿Acaso estoy siendo víctima de tácita censura y de falta de libertad de prensa?
Hasta donde sabemos, los columnistas de opinión, afortunadamente no necesitamos del Ministerio TIC o de algunos de sus funcionarios, para que nos aprueben el estilo y la redacción que usamos para expresar nuestra opinión. Casi el 100% de la información publicada está documentada oficialmente, para que nuestros fieles lectores reciban información veraz e imparcial, hasta que supuestas ilegalidades nos impidan ser imparciales, al conocerlas o detectarlas. Ya que el Ministerio TIC no ha respondido a Derecho de Petición, nuestra actitud es de no contactarlos.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Número del proceso: COTIZACION FUTIC-122-2024. Título: CONECTIVIDAD SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA Estado: Proceso en evaluación y observaciones Tipo de proceso: Solicitud de información a los Proveedores Unidad de contratación: UNIDAD DE CONTRATACIÓN FONTIC
PETICIONES DE INFORMACIÓN
Con el objeto de terminar de contestar al Ministerio TC adecuada y extensamente su solicitud de rectificación y precisión de mi nota, presento las siguientes peticiones de información sobre el proyecto en cuestión.
La primera petición de este Derecho de Petición es que por favor. me informan, el nombre de las personas que prepararon su solicitud de rectificación firma y por orden de quien, las personas que los revisaron y por orden de quien, las personas que lo autorizaron y por orden de quien, y las personas que lo enviaron por orden de quien. No tiene presentación que no incluyan sus nombres y cargos. ¿Acaso están aplicando la misma práctica de esconder información que en el proyecto en mención, en el SECOP II, no aparecen importantes documentos que debo solicitar en este Derecho de Petición? NOTA General. De acuerdo con pedir quien firma y por orden de quien para identificar plenamente quien pide la eventual rectificación y si es por orden del representante legal del MinTIC (ministra, viceministra, secretaria general o quién…). Para poder publicar la solicitud con todos los elementos de análisis de los diversos puntos.
Segunda petición - Por favor enviarnos copia digital del Acta 6 corregida en la fecha “futura” de presentación de la solicitud de autorización a la Secretaría de Planeación, que en el acta 6 original indicaba presentada el 30 de julio, siendo que el acta fue elaborada el día 6 de julio de 2026. Con esas y posibles otras correcciones que hicieron.
Tercera petición – Por favor enviarnos digitalmente todas las actas de este proyecto.
Cuarta petición – Tenemos el Convenio Interadministrativo No. 1822-2025, Suscrito entre el Fondo Único de Tecnologías de La Información y las Comunicaciones y la Corporación Red Nacional Académica de Tecnología Avanzada Renata. Pero por curiosamente no encontrarlo, amablemente solicito enviarnos en formato digital, el Acuerdo de Colaboración No. 085 de 2025 suscrito por RENATA con TV Islas. Especialmente la parte todos los renglones de actividades y/o actividades, sus descripciones detalladas, sus precios y cada plazo para la entrega de cada renglón y/o actividad que incluye ese acuerdo 085.
Quinta petición- En el documento Informe Mensual de Supervisión del Contrato o Convenio del mes de junio, en la página 3 numeral 4, aparece la siguiente lista: Los siguientes planes y estudios fueron aprobados: “1 Estudios Previos para la Contratación derivada. 2 Presentación de la propuesta del interesado de la Contratación derivada. 3 Legalización de la Contratación derivada. 4 Plan de direccionamiento del proyecto. 5 Plan de ingeniería de detalle. 6 Plan de instalación y puesta en servicio. 7 Plan de Promoción y Apropiación. 8 Estudio de campo para la ubicación de los hogares. 9 Estudio de campo para la ubicación de los hogares (se relaciona los hogares y estratos de providencia) 10 Estudio y condiciones radio enlace 11 Estudio y condiciones Estación Satelital 12 Certificación de la cuenta destinada en el patrimonio autónomo para los recursos del Ministerio TIC / Fondo Único TIC.”
Por favor entregarnos en formato digital, la descripción, alcance, plazo y valor de cada uno de los puntos 1 a 12 de esta lista.
Sexta petición- Plazos.

En la imagen superior del acta de inicio, se lee claramente que el plazo para terminar la instalación y el año de operación es el día 17/05/2027, exactamente como el Ministerio TIC afirma en su solicitud de rectificación. Si a esta fecha le restamos un año nos da 17/05/2026, corresponde a la fecha de inicio de los 12 meses de operación del proyecto que es también la fecha de terminación de la instalación.



En estas tres imágenes de un documento descargado de SECOP II y del informe de avance del contrato a junio de 2026, se ve qué a junio 15 de 2026, el avance es de solamente el 31,8%.
Estas fechas demuestran que ya se presenta incumplimiento, al menos de la instalación.
Solicitamos por favor que nos expliquen si MinTIC ha extendido el plazo de terminación de la instalación. Si es así solicitamos respetuosamente nos envíen las actas de extensión correspondientes.
Al ver que ya se presenta incumplimiento por parte de Renata y TV Islas, favor informarnos ¿Por qué razón no han aplicado multas?
Por favor respondernos, si ¿Acaso el MinTIC no analiza ni considera los plazos intermedios como la terminación de la instalación y solamente considera el plazo de la terminación del año de operación para aplicar las multas?
Solicitamos atentamente nos expliquen cada uno de los 12 plazos y estudios aprobados, mostrados en la lista de la imagen.
Séptima petición- Especificaciones técnicas y precios del anillo en Providencia.
En resumen: La gran incógnita es sobre las especificaciones técnicas del anillo en Providencia. ¿Por qué razón en el borrador de estudio de costos, en la oferta presupuesto entregado por Internexa que indica que el precio del anillo troncal en Providencia es de 15.968´858.550 pesos. Por supuesto cumpliendo con la especificación de
la técnica de microzanjado, en las solicitudes de RFI, en la solicitud de cotización, en el anexo técnico de la solicitud de cotización, las especificaciones son claras y dicen:
“Renglón 15 - Construcción y el Despliegue de Dieciocho (18) nuevos kilómetros de fibra óptica (tipo microfibra instalada por medio de la técnica de microzanjado en la vía circunvalación, con énfasis en que esta especificación es para intentar protegerse de huracanes como los que azotaron a San Andrés, Providencia y Santa Catalina".
¿Pero misteriosamente en las especificaciones del acuerdo interdiciplinario con Renata aparece que este anillo es aéreo, pero curiosamente utilizando precios similares al anillo enterrado?
Consultamos la Inteligencia Artificial de Geminis y le consultamos por la relación de estos dos costos, enterrado y aéreo. Su respuesta fue: : "El costo de una red de microzanjado en concreto puede ser de 3 a 5 veces mayor que el de una red de fibra aérea debido a la maquinaria especializada, el corte de pavimento y la logística en una zona insular como Providencia".
Si esto es cierto, de los 14.000 Millones de pesos del costo de este renglón 15, entre el 66% y el 80% se desaparece en este proceso proyecto.
Imagen de la invitación a cotizar.

Imagen de las especificaciones del numeral 3.1 Red anillada de fibra óptica para Providencia, exigiendo que sea microzanjado.

Imagen del Anexo Técnico entregado por MinTIC, numeral 4, especificaciones de la Red anillada de fibra óptica para Providencia, que dice textualmente: “…por medio de la técnica microzanjado… También indica específicamente que por el peligro de huracanes se debe contemplar el aseguramiento de la infraestructura contra todo riesgo daño material, es decir, que contemple también daños causados por desastres naturales como terremotos, maremotos, huracanes, deslizamientos y otros que puedan presentar en el tipo de región donde se implementará el proyecto”.

Imagen del Anexo Técnico entregado por MinTIC, numeral 4.1.7.1, especificaciones de la Red de transporte y de la Red anillada de fibra óptica para Providencia, que dice textualmente: “…Esta infraestructura debe ser NUEVA…”

Amablemente solicitamos que nos respondan si la red aérea indicada en el convenio con Renata permite utilizar postes y torres existentes.
En caso de una respuesta afirmativa, por favor explicar por qué no cumplen esta especificación 4.1.7.1 del Anexo Técnico.

Imagen de la respuesta aclaración a Energía Integral Andina, del RFI, firmada por Juan Manuel Guerrero como subdirector de Estructuración de Proyectos de la Dirección de Infraestructura del MinTIC. En esta, reitera que el anillado en Providencia debe ser instalado por medio de microzanjado.
Respetuosamente solicitamos que nos expliquen por qué razón, si las especificaciones exigen microzanjado para el anillo de Providencia y además a una consulta antes de entregar las cotizaciones el MinTIC mantienen la especificación de microzanjado para el anillo de Providencia. En el contrato milagrosamente aparece que la especificación de este anillo se convirtió en red aérea?
Por favor informarnos quien fue el “mago” que logró y autorizó este milaqro y los documentos que lo soporten.

Imagen del presupuesto entregado por Internexa que indica que el precio del anillo troncal en Providencia es de 15.968´858.550 pesos. Por supuesto cumpliendo con la especificación de la técnica de microzanjado.

Imagen de la oferta de Renata en la que afirma que para el anillo de Providencia lo que ofrece es una infraestructura de red Troncal compuesta por nodo con radioenlace.
Muy respetuosamente solicitamos que nos expliquen con soporte técnico, por que aceptaron esta GRAVE desviación a las especificaciones de microzanjado y también la violación a la especificación de protección contra huracanes, terremotos, marejadas y desastres naturales del Anexo Técnico. Dejando a este anillo troncal sometido a desastres naturales, que pueden repetir las catástrofes que tuvo San Andrés, Providencia y Santa Catalina en el reciente año de 2022, con los huracanes Eta y Iota,
Amablemente solicitamos la razón del MinTIC, al autorizar una eventualidad que viola el sagrado derecho fundamental a la comunicación de los habitantes de Providencia y por extensión de Santa Catalina.

Imagen de la oferta de Renata en la que afirma: “Asimismo, los eventos naturales ocurridos en los últimos años, particularmente los huracanes Eta e Iota (2020), destruyeron gran parte de la infraestructura de telecomunicaciones terrestre y aérea, ocasionando interrupciones prolongadas en los servicios y retrasos en la recuperación del sistema. Esta condición pone en evidencia la necesidad de infraestructura resiliente, capaz de garantizar continuidad del servicio en escenarios de emergencia o contingencia ambiental”. En este párrafo la oferta de Renata se contradice a sí misma, al afirmar que pone en evidencia la necesidad de infraestructura con resiliente, capaz de garantizar continuidad del servicio en escenarios de emergencia o contingencia ambiental y al mismo tiempo ofrecer una red aérea para el anillo troncal de Providencia. Ninguna red aérea es capaz de soportar los daños ocasionados por huracanes Eta e Iota (en 2020.
Por favor solicitamos nos informen por qué razón aceptaron esta contradicción en la oferta de Renata y además aprobaron contratar una red aérea para el anillo trocal de Providencia.

Imagen del Borrador Estudio Costos, pestaña Análisis, Renglón 15. Corresponde precisamente al renglón más caro de todas las cotizaciones y su costo es tan alto precisamente por ser de instalada por medio de la técnica de microzanjado.
Para ese renglón 15, el precio es de 14.089´503.600 de pesos, que además tiene conexión al valor cotizado por Tele Islas, ahora resulta que curiosamente TV Islas es el subcontratista de Renata. Claramente el estudio financiero se soporta en que la red troncal es enterrada

Imagen de la oferta presupuesto presentado por Renata, el renglón 7 “sale del sombrero” habla de Capacidad Húmeda por valor de 7´851´590.700 pesos. Asumimos que corresponde al Anillo troncal en Providencia. ¿Es correcto? Tampoco entendemos que significa Canal de Acceso y ANS, eso no aparece en la invitación a cotizar ni en el Anexo Técnico.
En el Anexo Técnico de MinTIC, no hablan ni citan en ninguna parte el término Capacidad húmeda ni Canal de Acceso ANS por 3.469´858.700, que son precisamente los dos renglones más altos en precio.
Amablemente solicitamos que nos expliquen que significa y que cubre este renglón de Capacidad húmeda y que significa u que cubre el renglón Canal de Acceso y ANS..
También solicitamos que nos expliquen la razón de cambiar el nombre a un renglón citado muchas veces en la solicitud de cotización y en el Anexo Técnico.
¿Acaso la razón es para tratar de camuflar la espantosa violación e incumplimiento de Renata en las especificaciones incumplidas del anillo troncal en Providencia?
Consultamos los precios de Starlink para un enlace con capacidad de 50 Mbps de descarga y sus precios son: Residencial: 150.000 pesos al mes. Valor del Kit: 600.000 una sola vez. Valor suscripción para un año: 150.000 x 12 = 1´800.000 pesos. Valor suscripción por un año más Kit: 1´800.000 + 600.000 = 2´400.000 pesos al año. Para 1.500 hogares y 20 zonas Wi-Fi: 2´400.000 x 1520 = 3.648´000.000 pesos al año Con los 20.866´000.000 que aporta MinTIC para este proyecto, se podrían contratar casi seis veces lo que pretenden cubrir con el convenio con Renata. ¿Por favor contestarnos por qué razón no consideraron contratar con Starlink?
Todo lo anterior demuestra que todo se estructuró con costos de microzanjado y luego mágicamente terminaron contratado una red aérea colgada de los postes en dudoso estado. Sorprendentemente en el contrato lo consideran, con línea aérea para el anillo de Providencia. Arman un modelo financiero con red soterrada y luego salieron a contratar “a dedo” con Renata un anillo con red aérea, que Reanata le subcontrata a TV Isla que curiosamente es de donde apareció la cifra del modelo financiero de red con microzanjado, según el modelo financiero en Excel que MinTIC misma pública
Para finalizar comedidamente solicitamos que nos informen ¿Qué pasará con toda la red y equipos, una vez terminados los 12 meses de operación?
NOTIFICACIÓN Por favor enviar las respuestas, la información y la documentación a mi correo electrónico.
Gracias de antemano por su pronta y oportuna respuesta en los términos de lo dispuesto por el marco jurídico regulatorio del derecho de petición Ley 1755 de 2015 para periodistas.
Amablemente,
Orlando Rojas Pérez C.C. Cel: Correo electrónico e
Ver nota:
MinTIC presenta solicitud de rectificación Por nuestra nota: Investigación denuncia: Otros grandes chanchullos en MinTIC. http://www.evaluamos.com/?home/detail/20094

