S&C multa a Hughes por infracciones contra usuarios

Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – La Superintendencia de Industria & Comercio, para Evaluamos -S&C- por considerarla Territorio Comcel- aplicó una multa irrisoria de 105 millones de pesos a Hughes, exactamente a Hughesnet, por varias infracciones contra el régimen de protección de usuarios de servicios de comunicaciones. La S&C a su estilo parcializado, aplica la sanción, pero no analiza ni busca el origen del problema y la causa de la violación del régimen de protección de usuarios de servicios de comunicaciones. La causa profunda es el eterno problema que van a tener por ofrecer servicios satelitales sin cumplir sus obligaciones e informar al usuario las verdaderas condiciones del servicio que ofrecen. InVoluntariamente al tiempo que ofrecen altas velocidades -se comprometen oficialmente- se les olvida aclarar que aplican un factor de reúso -es decir que cada usuario generalmente comparte la conexión, el canal con otros usuarios- y al subir el uso o demanda de algunos usuarios, el canal que está destinado para varios usuarios ya no puede cumplir con las velocidades ofrecidas a todos los usuarios de ese canal compartido. Es un medio compartido y ofrecen comercialmente velocidades supuestamente altas para atraer a los usuarios a firmar contratos típicos de un año. Pero dependen del grado de congestión en cada momento con un reúso bárbaro. Pero además aplican también el caso del embudo, lo ancho para Hughes y lo angosto para el usuario, le aplican a cada usuario un límite de consumo, de manera que le hacen sumatoria del consumo diario, semanal o mensual y al llegar a ese límite, o le cobran tarifas extras o le reducen la velocidad a lo mínimo. Sobra recordar que las tarifas por conexiones satelitales son a precio de oro.

Contra las decisiones proceden los recursos de reposición y apelación.

 

LAS RAZONES SEGÚN LA S&C
Según la S&C, las razones de la mínima multa son:

- No garantizar las velocidades efectivas de los servicios ofertados a través de sus diferentes piezas publicitarias y en su página web.

- No brindar información calificada y adecuada, en relación con la garantía de velocidad efectiva y las causales limitantes de dicha velocidad.

- No tener disponible en su página web la información que exige la Regulación y la Circular Única de la S&C.

- No informar a los usuarios, dentro del término previsto, el CUN asignado a las PQR presentadas a través de la página web.

- No entregar en el término otorgado la información que la S&C le solicitó.

- No garantiza a sus usuarios las velocidades efectivas de 20MB, 25MB, 30MB y 40MB, pese a ofertarlo así en sus planes para la prestación de sus servicios.

- Tampoco les informa a los consumidores los principales factores que limitan dichas velocidades.
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