Acta de compromiso contra pornografía infantil

Entidades colombianas lucharán unidas contra la pornografía infantil, elaborarán lista de sitios web que deben ser bloqueados por los Proveedores de Servicios de Internet (ISP).

 

Evaluamos publica el texto completo del Acta e imágenes de la presentación.

 

 

Texto del Acta de Compromiso

 

ACTA DE COMPROMISO

 

 

La Ministra de Comunicaciones doctora Martha Pinto de De Hart, el Ministro de la Protección Social doctor Diego Palacio Betancourtel, el Fiscal General de la Nación General doctor Luis Camilo Osorio Isaza, el Director General de Policía Nacional  General Jorge Daniel Castro Castro, el Director del Departamento Administrativo de Seguridad –DAS  doctor Jorge Aurelio Noguera Cotes, y la Directora del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar doctora Beatriz Londoño Soto,

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Constitución Política, la familia, la sociedad y el Estado tienen la  obligación de asistir y proteger al niño para garantizar  su desarrollo armónico e integral  y el ejercicio pleno de sus derechos.

 

Que de conformidad con los artículos 113 de la Constitución Política y 6 de la Ley 489 de 1998,  los diferentes órganos del Estado deben colaborar armónicamente para la realización de sus fines.

 

Que dentro de los fines esenciales del Estado se encuentra servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución.

 

Que para poder garantizar el cumplimiento de estos fines, es indispensable la permanente y correcta interrelación de las entidades que conforman la organización estatal, así como la debida orientación a la comunidad, para que conozcan sus deberes y derechos y la manera de hacerlos exigibles.

 

Que es “obligación del Estado utilizar los recursos físicos humanos y tecnológicos para garantizar el cumplimiento de los fines contemplados en la constitución política.”

 

Que de conformidad con el inciso 2  del numeral 2 del  artículo 6 del Decreto 1524 de 2002, el Ministerio de Comunicaciones y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar avalarán las entidades especializadas en la materia para la clasificación de contenidos de pornografía con menores de edad en el uso de las redes globales de información, especialmente en la Internet.    

       

Que desde el mes de abril de 2003 se reunieron delegados de un grupo de instituciones del Estado y Organizaciones No Gubernamentales, conformado por la Fiscalía General de la Nación, Ministerio de la Protección Social, El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Policía  Nacional -DIJIN-, el Departamento Administrativo de Seguridad -DAS- INTERPOL, Medicina Legal y Ciencias Forenses, Defensoría del Pueblo, Fondo de Población de las Naciones Unidas – UNFPA-, Organización Internacional del Trabajo- IPEC/OIT-, Fundación Renacer, Fundación Esperanza, Grupo Opciones y Ministerio de Comunicaciones quienes elaboraron los criterios de clasificación de contenidos  de pornografía con menores de edad.    

        

ACUERDAN:

 

Suscribir la siguiente Acta de Compromiso que se regirá por las cláusulas que a continuación se expresan:

 

PRIMERO: Objeto. Implementar la aplicación de los criterios de clasificación de contenidos  de pornografía con menores de edad en Internet realizados por el grupo interinstitucional, como insumo para el fortalecimiento de la labor de las autoridades e instituciones encargadas de la prevención, atención a víctimas, investigación y judicialización del delito de pornografía infantil; así como para el desarrollo de las demás acciones estipuladas  en la Ley 679/01.

 

 

SEGUNDO: Obligaciones de las partes. En desarrollo de lo anterior, la presente acta será suscrita por las entidades que a continuación adquieren las siguientes obligaciones:

 

 

Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Publicar mensualmente, con acceso controlado, en su página Web el listado de URL con contenido de pornografía con menores de edad en Internet, que le sea suministrado por el DAS y/o la Policía Nacional.

 

  1.  El Ministerio con fundamento en el listado que le sea suministrado por las entidades citadas en el literal anterior, deberá expedir el acto administrativo  mediante el cual se les exija a los ISP (Internet Service Provider) el bloqueo de estas páginas en Colombia.

 

  1. Otorgar un acceso controlado, mediante el suministro de una clave (password) personalizada a todos y cada uno de los ISP(Internet Service Provider) con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado en el literal anterior, y a las entidades competentes para consulta.

 

  1.  Apoyar proactivamente en la implementación y seguimiento de la estrategia de comunicación que se defina en contra de la pornografía infantil a través de  Internet.

 

  1. Apoyar y promover la capacitación que se efectuará a  nivel nacional a realizarse durante el  2004, con los servidores públicos y asociaciones comprometidas con la clasificación, investigación, judicialización, identificación y atención de las situaciones de los niños y niñas, víctimas de estos delitos.

 

 

Ministerio de la Protección Social

 

  1. Incluir en sus políticas contra todas las formas de violencia, estrategias para prevenir y combatir la explotación sexual infantil y la pornografía como una de las peores formas de trabajo infantil y de violación de los derechos de la niñez.

 

  1. Sensibilizar a todos los actores del Sistema de Protección Social para que se identifiquen de manera oportuna los riesgos a los cuales se ven abocados los niños y las niñas, y apliquen estrategias de prevención, mitigación y superación de este flagelo que afecta a la población infantil y a la sociedad en general.

 

  1. Promover estrategias de educación a la familia que fomenten relaciones sociales armoniosas que le permitan a los niños y niñas crecer en un ambiente sano y tener un desarrollo humano positivo.

 

  1. Desarrollar estrategias de participación social de los niños, niñas que lleven al ejercicio de sus derechos y reducir así los riesgos de vulneración de los mismos.

 

  1. Apoyar a las entidades responsables de la vigilancia y el control en el desarrollo de sus acciones y en la protección de los derechos de los niños y las niñas a una vida digna y de oportunidades.

 

 

  1. Apoyar y promover la capacitación que se efectuará a  nivel nacional a realizarse durante el  2004, con los servidores públicos y asociaciones comprometidas con la clasificación, investigación, judicialización, identificación y atención de las situaciones de los niños y niñas, víctimas de estos delitos.

 

 

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF.

 

  1. Participar en la implementación y seguimiento de la estrategia de comunicación frente a la pornografía con menores de edad en Internet.

 

  1. Participar en el diseño e implementación de la estrategia de capacitación a nivel nacional con los servidores públicos y asociaciones encargadas en la labor de clasificar, investigar, judicializar, identificar y atender las situaciones de los niños, niñas, víctimas de estos delitos, a realizarse durante el 2004.

 

 

Policía Nacional.

 

  1. Adelantar el proceso de verificación, análisis e investigación de los URL para la clasificación.

 

  1. Suministrar quincenalmente un listado de URL clasificado, con contenido de pornografía con menores de edad en Internet al Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Fortalecer la capacidad operativa para la recepción y tramite de estas denuncias.

 

  1. Reportar el nombre, teléfono y correo electrónico de la persona encargada para la consulta del archivo de URL publicado en la Web del Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Mantener la clave secreta para consulta de los URL bajo confidencialidad.

 

  1. Participar en la implementación y seguimiento de la estrategia de capacitación a nivel nacional con los servidores públicos y asociaciones encargadas de la labor de clasificar, investigar, judicializar, identificar y atender las situaciones de los niños, niñas, víctimas de estos delitos, a realizarse durante el  2004.

 

 

Departamento Administrativo de Seguridad –DAS-.

 

  1. Adelantar el proceso de verificación, análisis e investigación de los URL para la clasificación.

 

  1. Suministrar quincenalmente un listado de URL clasificado con contenido de pornografía con menores de edad en Internet al Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Fortalecer la capacidad operativa para la recepción y tramite de estas denuncias.

 

  1. Reportar el nombre, teléfono y correo electrónico de la persona encargada para la consulta del archivo de URL publicado en la Web del Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Mantener la clave secreta para consulta de los URL bajo confidencialidad.

 

  1. Participar en la implementación y seguimiento de la estrategia de capacitación a nivel nacional con los servidores públicos y asociaciones encargadas en la labor de clasificar, investigar, judicializar, identificar y atender las situaciones de los niños, niñas, víctimas de estos delitos, a realizarse durante el 2004.

Fiscalía General de la Nación.

 

  1. Recibir las denuncias del DAS y Policía Nacional y darles el trámite respectivo de acuerdo con su competencia, para lo cual hará los ajustes tecnológicos necesarios.

 

  1. Fortalecer la capacidad operativa para la recepción y tramite de estas denuncias.

 

  1. Consultar el reporte de las páginas con contenido de pornografía con menores de edad en Internet publicado en la WEB del Ministerio de Comunicaciones para su investigación.

 

  1. Reportar el nombre, teléfono y correo electrónico de la persona encargada para la consulta del archivo de URL publicado en la Web del Ministerio de Comunicaciones.

 

  1. Mantener la clave secreta para consulta de los URL bajo confidencialidad.

 

  1. Participar en la implementación y seguimiento de la estrategia de capacitación a nivel nacional con los servidores públicos y asociaciones encargadas en la labor de clasificar, investigar, judicializar, identificar y atender las situaciones de los niños, niñas, víctimas de estos delitos, a realizarse durante el 2004.

 

 

TERCERO: Duración. La presente acta de compromisos tiene una duración de cinco años prorrogable automáticamente por un periodo igual.

 

CUARTO: Forma parte integrante de la presente acta, los criterios de clasificación de contenidos de pornografía con menores de edad en Internet.

 

QUINTO: Presupuesto. La presente acta no causará erogación alguna para las partes que la suscriben, salvo condiciones o circunstancias excepcionales que aconsejen otra cosa, evento en el cual el trámite será el previsto en las normas vigentes sobre la materia.

 

SEXTO: Vigencia. Las acciones derivadas de la presente acta de compromisos se entienden perfeccionadas con la firma de las partes que los suscriben.

 

Dada en la ciudad de Bogotá D. C, a los 22 días del mes enero de 2004.

 

MARTHA PINTO DE DE HART

MINISTRA DE COMUNICACIONES

 

 

DIEGO PALACIO BETANCOURT

MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

 

 

LUIS CAMILO OSORIO ISAZA

FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN

 

 

GENERAL JORGE DANIEL CASTRO CASTRO

DIRECTOR GENERAL POLICIA NACIONAL

 

 

JORGE AURELIO NOGUERA COTES

DIRECTOR DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

DE SEGURIDAD –DAS-

 

 

BEATRIZ LONDOÑO SOTO

DIRECTORA INSTITUTO COLOMBIANO DE

BIENESTAR FAMILIAR –ICBF-

 

 

Imágenes de la presentación

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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