Ahora sí la SIC responde derecho de petición enviado originalmente a la CRC

Por Orlando Rojas Pérez – Ahora sí la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- respondió a Evaluamos, el derecho de petición enviado originalmente a la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC-, que a su vez lo envió a la SIC para su parte pertinente. Con este derecho de petición se inició un tema que se encuentra muy activo en este momento: la cantidad de peticiones de portabilidad de números móviles y el muy alto porcentaje de peticiones negadas, las peticiones negadas equivalen a más del 50% de las peticiones aprobadas.

Inicialmente la SIC se había limitado a contestar vagamente sin profundizar.

La CRC incluso acaba de abrir una consulta para recibir comentarios para comentar la propuesta regulatoria del proyecto Revisión del proceso Portabilidad Numérica Móvil y del Registro de Números Excluidos.

También se conoció hoy que la SIC abrió investigación contra operadores, por presuntamente no suministrar información completa a los usuarios, afectando el derecho de portabilidad numérica.

 

TEXTO DE LA RESPUESTA RECIBIDA AHORA DE LA SIC

Señor (a) (es)
ORLANDO ROJAS PEREZ

Asunto: Radicación: 23-079891- -00002-000
Trámite: 328SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
Evento: 328DENUNCIAS
Actuación: 530ARCHIVO NO COMPETENCIA
Folios: 1

Respetado (a) (s) señor (a) (es)

Reciba un cordial saludo de la Superintendencia de Industria y Comercio, de acuerdo con su comunicación radicada bajo el número del asunto, la cual fue trasladada a esta entidad por la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE LAS COMUNICACIONES, donde manifiesta haber recibido diferentes molestias por parte de los usuarios que requieren hacer el trámite de portabilidad numérica móvil toda vez que les inventan supuestas "deudas" por las figuras de "AdelantaSaldo" y "Bono de Fidelización", de manera atenta me permito informarle lo siguiente:

El Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Resolución CRC 5050 de 2016, establece en su artículo 2.6.4.3, el proceso de portación:

"ARTÍCULO 2.6.4.3. SOLICITUD DE PORTACIÓN. El Proceso de Portación se inicia con la entrega de la Solicitud de Portación por parte del Usuario al Proveedor Receptor. La Solicitud de Portación puede hacerse por escrito, personalmente  a través de la línea telefónica de atención al cliente, o por cualquier otro medio que determine o convalide la Comisión. (...)"

Así mismo, en el artículo 2.6.4.7 ibidem, indica las únicas causales de rechazo de la solicitud de portabilidad por parte del proveedor donante:

" ARTÍCULO 2.6.4.7. ACEPTACIÓN O RECHAZO POR PARTE DEL PROVEEDOR nuevo texto es el siguiente:> Si en el plazo acordado entre los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones Móviles, para que el Proveedor Donante acepte o rechace la solicitud de Portación el ABD no recibe respuesta, se entenderá aceptada la solicitud de Portación y se continuará el Proceso de Portación.

El Proveedor Donante solamente podrá rechazar la solicitud de Portación en los siguientes casos:

2.6.4.7.1. Cuando tratándose de servicios en la modalidad de pospago el solicitante no es el suscriptor del contrato del servicio de telecomunicaciones o la persona autorizada por este.

2.6.4.7.2. Cuando el número portado se encuentre reportado como extraviado o hurtado ante el Proveedor Donante, siempre y cuando este no haya realizado la reposición de la SIM CARD al usuario.

2.6.4.7.3. Cuando el número portado haya sido desactivado por fraude.

2.6.4.7.4. Cuando el número a ser portado se encuentre suspendido por falta de pago, por terminación del contrato por falta de pago, o cuando existan obligaciones de pago exigibles, esto es, respecto de las cuales el plazo se encuentra efectivamente vencido a la fecha de presentación de la solicitud de portación, de acuerdo con lo previsto en el numeral 2.6.2.3.1 del artículo 2.6.2.3 del Título II. (...)" (Destacado fuera de texto)

De lo anterior se desprende que para que opere la causal de rechazo por tener obligaciones de pago exigibles, éstas deben estar causadas y vencidas antes de la solicitud de portabilidad numérica, una mal interpretación o aplicación de esta causal, faculta a esta Superintendencia para iniciar un proceso administrativo sancionatorio en contra del proveedor.

Es por esta razón que lo invitamos a que cada uno de los usuarios presente su queja de manera individual, con el fin de poder evaluar cada caso en concreto y tomar las decisiones que en derecho correspondan.

Esperamos con lo anterior, haber dado respuesta a su solicitud.

Atentamente,

LUIS EDUARDO AGUIAR DELGADILLO

DIRECTOR DE INVESTIGACIONES DE PROTECCION DE USUARIOS DE SERVICIOS

DE COMUNICACIONES

Elaboró: NELSON TRUJILLO

Revisó: LUIS EDUARDO AGUIAR DELGADILLO

Aprobó: LUIS EDUARDO AGUIAR DELGADILLO

 

IMAGEN DE LA RESPUESTA DE LA SIC

e

 

 

Ver nota:

Despedida con resultados de la ministra TIC Sandra Milena Urrutia Pérez

Despedida con resultados de la ministra TIC Sandra Milena Urrutia Pérez
Agradece profundamente al presidente Gustavo Petro.
http://www.evaluamos.com/?home/detail/18384

 

 

 

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