Respuesta de Evaluamos a derecho de rectificación de Diana Celis
Por Orlando Rojas Pérez – Este es el texto de la respuesta a Diana Celis por su derecho de petición y de rectificación:
Señora
Diana Celis Mora
Bogotá D.C.
Referencia: respuesta a su derecho de petición y de rectificación
Señora Celis Mora.
A continuación respondo su derecho de petición y de rectificación fechado el día 05 de agosto de 2014:
- Para claridad asumo que en su carta derecho de petición en el segundo párrafo de la primera página donde escribió la palabra “verás” debo entender “veraz”.
- Las publicaciones en Evaluamos.com de mis columnas de opinión mencionadas por Usted fueron entre las fechas: 15 de diciembre de 2013 y 30 de enero de 2014. Por lo que el plazo de 10 días posteriores a su publicación para solicitar posible rectificación, ya se venció hace tiempo.
- En nota del día 15 de agosto, publicamos los dos documentos recibidos de Usted en su derecho de petición y de rectificación. Para una rápida referencia se encuentran publicados en este enlace: http://www.evaluamos.com/2014/?home/detail/14653
- En mis columnas de opinión citadas por Usted, no he tergiversado ninguna realidad. En uso del derecho constitucional a la libertad de prensa y expresión, indicado –entre otras partes- en los artículos 20, 70, 73 y 83 de la Constitución Política de Colombia, Evaluamos.com se limitó a publicar mis columnas de opinión con la información que me entregó la denunciante María Teresa Jaramillo y a publicar documentos recibidos de ella, que en su mayoría están radicados en la Fiscalía General de la Nación, documentos foliados por ésta.
- Para brindar el opcional derecho de réplica, yo contacté al Ministro TIC de Colombia, como su jefe al momento de los hechos denunciados por María Teresa Jaramillo, con copia a la Secretaria Privada del Ministro, como lo digo al comenzar la primera nota y en las notas 2 y 3: “Desafortunadamente en el contenido de esta nota en la que se publica la parte 1, de la investigación de la acusación a Diana Celis de plagio del proyecto Tecno Centros, no fue posible –aunque lo intentamos- incluir la versión del mismo ministro TIC Diego Molano Vega. Sin embargo sí publicamos las respuestas oficiales emitidas por funcionarios del Ministerio TIC y por parte de la misma Presidencia de la República”. El Ministro TIC no me contactó pero sí lo hizo la Directora de Comunicaciones del Ministerio TIC –Margarita Mora- quien el día 17 de diciembre pasado, me envió como versión del Ministerio dos documentos: Procuraduría Plasmavisión y Respuesta Plasmavisión, documentos que ya habían sido publicados en mis notas hasta ese momento. Posteriormente el día 26 de diciembre pasado en un desayuno con Margarita Mora ella se comprometió a enviarme antes de ocho (8) días la documentación de cómo nació en el Ministerio TIC el proyecto de Tecno Centros al que posteriormente el Ministerio le cambió el nombre por Puntos Vive Digital. Documentación que hasta la fecha no he recibido.
- Usted afirma en su comunicación que en su contra no cursa ninguna investigación en la Fiscalía General de la Nación, pero lamentablemente debo informarle que de acuerdo a esta carta de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia bajo el radicado 110016000102201300132-7. Sí existe investigación preliminar por los hechos publicados y Usted es considerada indiciada por la denunciante. Ver imagen parcial de la denuncia y carta de la Unidad Delegada Ante la Corte Suprema de Justicia – Fiscalía 7ª, abajo.
- Gracias a su envío, acuso recibo de la sentencia del 11 de abril de 2014 –fecha posterior a mi última nota al tema en mención- de la Procuraduría General de la Nación sobre la radicación SIAF -2012 29894 y de la carta enviada por la Procuraduría a Usted en la que informan que el Procurador ordenó archivar la actuación disciplinaria. Manifiesto a Usted un gran agradecimiento por estos documentos ya que me brindó Usted otra primicia más. Estos documentos son tan primicia que la misma quejosa María Teresa Jaramillo como parte interesada no fue notificada por la Procuraduría. Ella misma me informa que al conocer de este fallo gracias a Usted, de inmediato ha presentado a la Procuraduría General de la Nación una solicitud de notificación del acto administrativo por supuesta violación al proceso. Para completar la primicia incluimos abajo imagen de esta carta.
- Los documentos que me ha allegado María Teresa Jaramillo, El Ministerio TIC, la Presidencia de la República y ahora Usted, los he analizado con mucho rigor periodístico y los he incluido en mis columnas de opinión publicadas por Evaluamos.com. Nunca he publicado que alguna autoridad la ha acusado a Usted, publiqué que María Teresa Jaramillo y Plasmavisión la acusan a Usted. En muy contadas ocasiones usamos letras en mayúsculas como Usted afirma y para titulares en que la mencionamos a Usted no usamos mayúsculas.
- María Teresa Jaramillo y Plamavisión la denunciaron a Usted como se ve claramente en la carta anterior de la Fiscalía Delegada. La definición del diccionario de la Real Academia Española dice textualmente:
“acusar.
(Del lat. accusāre).
1. tr. Imputar a alguien algún delito, culpa, vicio o cualquier cosa vituperable
2. tr. Denunciar, delatar. U. t. c. prnl.
3. tr. Notar, tachar.
4. tr. Reconvenir, censurar, reprender.
5. tr. Manifestar, revelar, descubrir.
6. tr. Avisar, noticiar el recibo de cartas, oficios, etc….”.
Por lo que usar la palabra Acusan… equivale a decir Denunciaron… y de acuerdo a la denuncia presentada y a la carta de la Fiscalía Delegada sí existe una denuncia acusación contra Usted de parte de María Teresa Jaramillo y de Plamavisión.
Imagen de la definición del Diccionario de la Real Academia Española:
- Yo no la acuso a Usted, la acusan María Teresa Jaramillo y Plasmavisión, por favor no me sugiera titulares, le solicito no colocar en “mi boca” palabras que no son mías.
- Por todo lo anterior no puedo acceder a su petición de rectificación, en forma diferente a la publicación de todos los documentos recibidos de Usted, como ya lo hizo Evaluamos.com.
Orlando Rojas Pérez
Director Evaluamos.com
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