Proyecto de decreto busca facilitar pagos por uso del espectro

Columna de opinión de Orlando Rojas PérezPor Orlando Rojas Pérez – En cumplimiento de la nueva ley 1978 de 2019 que aumentó los permisos de uso de espectro de 10 a 20 años vigentes en Colombia, el Ministerio TIC busca facilitar la extensión de las licencias de uso de espectro que están próximas a vencerse, así como la concesión de espectro para la tecnología 5G. Con tal objetivo, MinTIC publicó para comentarios un proyecto de decreto que modifica el Decreto 1078 de 2015 sobre pago de contraprestación por uso del espectro, para facilitar su pago. Al buscar modificar e incentivar que los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones -PRST- puedan planear sus inversiones con un horizonte a largo plazo. Este nuevo proyecto de decreto busca ajustar la regulación a lo establecido a esta Ley.

Este decreto tiene como objetivo que el Fondo TIC pueda financiar iniciativas de acceso universal de todos los ciudadanos con el fin de maximizar el bienestar social.

 

IMAGEN COMPLETA DEL PROYECTO DE DECRETO

En el articulado propuesto se encuentra en color azul y tachado lo que se elimina de la redacción actual, en color negro lo que permanece y en color verde lo que se incluye nuevo.

 

DESCARGUE DESDE EVALUAMOS EL PROYECTO DE DECRETO
http://www.evaluamos.com/pdf/ProyectodeDecreto.pdf

 

PLAZO PARA ENVIAR COMENTARIOS
El plazo para enviar comentarios al proyecto de decreto publicado, se vence el día 30 de enero de 2023 a las 11:59PM, al correo electrónico:
proyectos.normativos.dicom@mintic.gov.co

 

MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL PROYECTO DE DECRETO
Los tres principales puntos que soportan al proyecto de decreto son:

3. VIABILIDAD JURÍDICA

3.1 Análisis de las normas que otorgan la competencia para la expedición del proyecto normativo. Las normas que otorgan la competencia para la expedición del acto administrativo están contenidas en las siguientes normas:

- El artículo 189 de la Constitución Política, que otorga la facultad de reglamentar las leyes al presidente de la República.

3.2 Vigencia de la ley o norma reglamentada o desarrollada.

Los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, se encuentran vigentes. 3.3. Disposiciones derogadas, subrogadas, modificadas, adicionadas o sustituidas.

Con el proyecto de Decreto se modifican los artículos 2.2.2.3.6 y 2.2.2.4.3 del Decreto 1078 de 2015.

3.4 Revisión y análisis de la jurisprudencia que tenga impacto o sea relevante para la expedición del proyecto normativo (órganos de cierre de cada jurisdicción). No existen decisiones judiciales relevantes.

3.5 Circunstancias jurídicas adicionales.

No se advierten situaciones adicionales.

4. IMPACTO ECONÓMICO

Una vez realizado el ejercicio de cálculo del impacto que generaría disminuir el porcentaje del pago inicial del 20% establecido actualmente en el Decreto 1078 de 2015, se evidenció que en diferentes escenarios para este pago en un rango entre el 15% y el 1%, el choque a los ingresos para las vigencias 2023 a 2026 se encontraría en el orden del 11% y el 21%, en un ajuste a la baja de los ingresos corrientes del Fondo Único TIC.

Al comparar el recaudo promedio de los ingresos corrientes de 2019 a noviembre de 2022 versus el resultado promedio del ejercicio de choque a los ingresos para 2023 a 2026, se observa que los ingresos en su escenario más ajustado estarían en un 19% por encima del recaudo promedio observado, hecho que guarda congruencia con la ejecución histórica de los recursos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como de la capacidad de planeación y estructuración de proyectos estratégicos para el sector.

Así las cosas, este ejercicio permitiría una redistribución de los ingresos a lo largo de las vigencias subsiguientes, y permitiría una planeación financiera gradual y sostenible, ajustada a las necesidades de gasto reales de la Entidad.

5. VIABILIDAD O DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

En razón a que la expedición del decreto objeto de esta memoria justificativa no genera erogación alguna de recursos por parte del Estado, no se requiere disponibilidad presupuestal para su implementación.

 

DESCARGUE DESDE EVALUAMOS LA MEMORIA JUSTIFICATIVA
http://www.evaluamos.com/pdf/MEMORIAJUSTIFICATIVA.pdf
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