Palabras del asesor del MinTIC Sergio Sotomayor

Por Orlando Rojas Pérez – Se realizó la socialización del segundo borrador de resolución de la subasta de 5G, que fue instalada por el viceministro de Conectividad Gabriel Jurado Parra, a continuación, tuvo la palabra el asesor del Ministerio TIC Sergio Sotomayor quien habló de los valores de reserva y obligación. Como es tradición de Evaluamos, publicamos cada una de las participaciones, para ofrecer un completo cubrimiento de esta importante subasta de espectro 5G y 4G.

Las palabras del asesor del MinTIC Sergio Sotomayor fueron:

Gracias por acompañarnos en esta segunda sesión, de la presentación de los borradores de la resolución de la subasta de espectro 5G. En general esta audiencia está destinada a presentar los elementos nuevos que aparecieron en el segundo borrador del proyecto de resolución y también algunas modificaciones que tuvimos en esta segunda parte con respecto a la primera parte publicada.

Vamos a tratar estos cinco puntos. Me voy a referir inicialmente a los valores de reserva y obligaciones de cobertura. Como es bien sabido, la Agencia Nacional del Espectro trabaja y prepara unos modelos de valoración, así se hizo efectivamente para todas las bandas incluidas en la subasta. Estos modelos fueron revisados y validados por el equipo asesor internacional, el equipo que nos está apoyando o que nos apoyó ya en la estructuración de todo el mecanismo de subasta y a partir de esos modelos el equipo internacional efectuó una recomendación con respecto a los valores de reserva a tener en cuenta en la subasta.

Con respecto a la banda de 700 MHz tenemos un solo bloque de 10 MHz con un valor de reserva de 511.711´929.400 pesos. Parte de ese valor de reserva será reconocido mediante la ejecución de coberturas, estas obligaciones han sido valoradas y así aparece en el proyecto de resolución con 122.747´448.944 pesos. Las obligaciones de cobertura en general a lo largo de la resolución son básicamente de cuatro tipos, cobertura de localidades, unas localidades donde no se cuenta con el servicio o que el servicio que se presta e exclusivamente 2G O 3G. Se dará la posibilidad de que se efectúe una actualización tecnológica. Cobertura en carreteras primarias. Cobertura en carreteras secundarias y cobertura en instituciones educativas. Más adelante se dará una explicación más detallada de cada una de este tipo de obligación. Estas obligaciones como ya habíamos dicho también en la primera sesión, con este tipo de obligaciones conformamos paqueteas de manera que existe cierta semejanza entre las obligaciones entre una banda y otra de las bandas a subastar, pero no son exactamente iguales. Por ejemplo, para el caso de la banda de 700 MHz, el paquete de obligaciones de cobertura está conformado únicamente por localidades y por instituciones educativas, es decir que en ese paquete de obligaciones no hay obligación de cobertura de carreteras.

De la misma manera, en las bandas medias, en la banda de 1.900 MHz, el valor de reserva fue establecido en 695.539´745.980 pesos, para este caso también tenemos que las obligaciones de cobertura están distribuidas entre localidades e instituciones educativas, posiblemente con diferentes distribuciones porcentuales entre la participación de cada tipo de obligación, que fueron valoradas en 180.508´934.944 pesos. Quiero aclarar aquí algo, por algunos de los comentarios que hasta el momento he leído, este valor no es un valor adicional al valor de reservas, este es un valor que es parte del pago de aquel valor por el que resulte asignado el bloque de espectro respectivo. Es decir que, es un valor que se reconoce mediante la ejecución de una serie de obligaciones, pero no es un valor adicional. Lo menciono por que en algunos comentarios que hemos revisado, parece que existiera esa confusión.

En la banda de AWS, es el mismo valor de reserva establecido que para la banda de 1.900 MHz y el valor de las obligaciones de cobertura asociadas a cada uno de los bloques de 10 MHz, no es exactamente el mismo, existe diferencia entre unos y otros, justamente por la conformación de cada uno de los paquetes. En el primer caso tenemos que para el bloque 1 de 10 MHz, las obligaciones están distribuidas entre localidades, carreteras primarias y carreteras secundarias, al igual que en los otros, pero hay diferencias en las proporciones de participación de cada tipo de obligaciones en la conformación del paquete. De manera que al final tenemos unos valores con alguna diferencia, todos están cercanos al 60% del valor de reserva establecido.

 La siguiente banda es la banda de 2.500 MHz, para esta banda también tenemos tres bloques de 10 MHz cada uno, con un valor de reserva de 156.855´371.012 pesos. Para esta banda no establecimos obligaciones de cobertura asociados a los bloques. Sin embrago cabe aclarar algo acá. En todo caso rigen las normas generales que el Ministerio ha expedido, es decir que, aunque en el proceso de subasta no existen obligaciones como medio de pago de la obligación económica que resulte de la subasta, más adelante quien resulte asignatario puede hacer uso de las reglas generales y eventualmente proponer obligaciones de hacer para cubrir parte de su obligación económica.

Con respecto a la banda de 3.500 MHz, tenemos cuatro bloques de 60 MHz cada uno, no de 10 MHz -como aparece en la imagen-, son los bloques base de la banda de 3.500 MHz, el valor de reserva de cada uno de estos bloques es de 238.729´279.716 pesos, al igual que en los bloques anteriores con unos paquetes de obligaciones asociados, para el primer bloque tenemos que las obligaciones esta distribuidas entre carreteras primarias e instituciones educativas, para el bloque dos tenemos obligaciones de carreteras primarias, carreteras secundarias e instituciones educativas. Para el bloque tres, tenemos los cuatro tipos de obligaciones y para el cuarto bloque tenemos únicamente instituciones educativas. DE allí las diferencias de valor que tenemos para cada uno de los bloques.  

En a banda de 3.500 MHz, adicionalmente a los bloques base de 60 MHz, tenemos bloques adicionales de 10 MHz, cada uno de estos bloques tiene un valor de reserva equivalente a una sexta parte del valor de reserva de los bloques de 60 MHz, es decir es de 39.788´213.286 pesos.

e

 

 

Ver nota:

Fotografía de una mirla capturada con un teléfono móvil y su zoom

Fotografía de una mirla capturada con un teléfono móvil y su zoom
Parece una acuarela, pero fue una poesía.

http://www.evaluamos.com/?home/detail/18603

 

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